Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica

Energia elèctrica
PIMEC te permite evitar la prescripción del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica y solicitar su devolución

Ante los recursos presentados por algunos contribuyentes, el Tribunal Supremo ahora duda de la legalidad del impuesto y ha formulado una consulta al Tribunal Constitucional para aclarar si puede constituir un caso de doble imposición con el Impuesto de Actividades Económicas.

En el caso de que el Tribunal Constitucional se pronuncie en contra del Impuesto, probablemente se tendría que devolver el dinero. Se podrían dar dos situaciones:

  • Que se devuelva el importe pagado a todos los contribuyentes. En este caso, no sería necesario hacer nada.
  • Que se devuelva el importe pagado solo a los contribuyentes que hayan recurrido el impuesto. Los otros contribuyentes podrían recurrir por las autoliquidaciones no prescritas. En este caso:

Para evitar la prescripción de las cantidades liquidadas y poderlas recuperar, PIMEC pone a disposición de sus asociados un servicio de acción preventiva que cubre esta contingencia.

Si eres contribuyente de este impuesto puedes contactar, indicando nombre de la empresa y persona de contacto, con: 

Esther Coch

Secretaria Políticas Sectoriales

ecoch@pimec.org

Tel: 93 496 45 68

 

El 1 de enero de 2013 entró en vigor el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, figura tributaria creada por la Lei 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

Esta figura tributaria se configuró como un impuesto directo y de naturaleza real. El hecho imponible es la creación e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica en cualquier tipo de instalación de producción de este tipo de energía (tanto las de régimen ordinario como del régimen especial). Los obligados tributarios son las personas, físicas o jurídicas, que realicen la producción e incorporación al sistema de energía eléctrica. El tipo es del 7% y se liquida con el modelo 583, Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. Autoliquidación. 

Barcelona, enero de 2017

 

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