¡Reduce el coste eléctrico de tu empresa durante el estado de alarma!

31 Marzo 2020

Las grandes distribuidoras de electricidad han acordado permitir que las empresas reduzcan la potencia que tienen contratada, aunque no hayan pasado 12 meses desde la última modificación contractual, para que puedan reducir el gasto eléctrico. Cabe destacar, sin embargo, que esta medida sólo es y será válida mientras dure el estado de alarma decretado por el gobierno español el sábado 14 de marzo, a través del real decreto 463/2020.

¿A quién va dirigida esta medida?

Esta medida está pensada para todas aquellas empresas y negocios que han tenido que cesar, reducir o modificar su actividad debido a las medidas decretadas durante el estado de alarma.

¿Cuándo es recomendable reducir la potencia?

Hace falta una valoración caso por caso, que puede hacer su comercializadora o su gestor/a energético/a. Se deben tener en cuenta diferentes aspectos para valorarlo. En general, sin embargo, sólo es aconsejable para la mayoría de contratos que tienen más de 15 kW de potencia contratada con 3 o 6 períodos eléctricos (tarifas 3.0A, 3.1A o 6.1A).

¿Cómo se debe hacer el trámite?

A través de su comercializadora o su gestor/a energético/a.

Aviso importante

Cualquiera que se acoja a esta bajada temporal de la potencia contratada, deberá avisar previamente cuando se vuelva a la normalidad, para volver a la situación inicial y evitar recargos a posteriori.

Apoyo de PIMEC

Si su empresa es cliente de Endesa o de Factor Energía, comercializadoras con quien PIMEC tiene un acuerdo, desde la patronal le podemos ayudar a hacer los trámites oportunos para la reducción de potencia.

 

Para más información puede consultar la página web PIMEC específica sobre el coronavirus o llamar al 936 061 500 (si no sois socios) o el 93 496 45 00 (si sois socios).

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