Real decreto 333/2023, de 3 de mayo, por el que se modifica el real decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y la utilización del distintivo "igualdad en la empresa"

19 Mayo 2023

El Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», tiene por objeto desarrollar reglamentariamente el artículo 50 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que dispuso la creación de un distintivo empresarial en materia de igualdad para reconocer a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con las trabajadoras y trabajadores.

En cuanto a los requisitos generales para la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa", en primer lugar, se establecen dos grupos de entidades o empresas candidatas en función de la obligatoriedad de elaborar y aplicar un plan de igualdad, con requisitos comunes y específicos para cada grupo. Se establece el requisito de contar con un plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, y, para las empresas no obligadas a elaborar un plan de igualdad, tener medidas de igualdad depositadas en el registro y en el depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad o, en su caso, contar con un plan de igualdad voluntario de acuerdo con el Real decreto 901/2020, de 13 de octubre.

Se exige la presentación de un informe de seguimiento o evaluación que comprenda un período mínimo de dos años, así como contar con protocolos para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo, de acuerdo con lo que establece el artículo 48 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo y en el artículo 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

Se refuerza el papel de la representación legal de las personas trabajadoras, exigiendo la presentación de una declaración de apoyo firmada por la mayoría de esta representación o, en su defecto, por la mayoría de la plantilla.

En el supuesto de las entidades o empresas candidatas que tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad, se establece la obligación de que aquellas que no puedan formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas y que tengan consejo de administración deban acreditar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en el consejo de administración, de modo que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento. Las empresas que no cumplan y opten a obtener el distintivo, deben contar con una presencia mínima de mujeres en el consejo de administración del 30%, y dispondrán de un plazo máximo de tres años contados desde la entrada en vigor del Real decreto para alcanzar el 40%.

En relación con los criterios de valoración, se adaptan a la actual normativa, valorándose la implantación, seguimiento, evaluación y resultados de las medidas contenidas en los planes de igualdad o en las políticas de igualdad, su carácter integral, la aplicación de medidas de acción positiva, la implantación, el seguimiento y la evaluación del protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, la desagregación por sexo de los datos y la evolución y el grado de implantación de las medidas de igualdad y de la situación de las mujeres y los hombres en la plantilla.

La concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" tendrá una vigencia inicial de cinco años, entendiéndose que la primera anualidad se cumplirá el último día hábil del mes de marzo siguiente, debiendo haber transcurrido al menos un año desde la publicación de su concesión en el "Boletín Oficial del Estado".

Antes de expirar el período de vigencia, la empresa o entidad distinguida podrá solicitar la prórroga de la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa".

El Ministerio de Igualdad, mediante el Instituto de las Mujeres O.A., mantendrá un Registro público de las concesiones, renovaciones, renuncias voluntarias, suspensiones y revocaciones de este distintivo empresarial.

El Real Decreto ha entrado en vigor el pasado viernes día, 19 de mayo de 2023.

Si tiene cualquier duda o está interesado en solicitar el distintivo “Igualdad en la Empresa” puede contactar con el Departamento jurídico de PIMEC https://www.pimec.org/ca/serveis-digualtat.

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