
Hacer una donación
¿NOS AYUDAS CON UNA DONACIÓN? ¿TE APUNTAS A UNA NUEVA MANERA DE HACER Y SER EMPRESA?
En la Fundació PIMEC creemos que la solidaridad entre el empresariado es clave para superar situaciones de crisis. Así lo sentimos y así lo expresamos.
Trabajamos porque todo el mundo tenga las mismas oportunidades, porque nadie se quede atrás, y lo hacemos sobre todo a partir del programa emppersona, desde el cual ayudamos las personas empresarias con dificultades a conseguir una segunda oportunidad. Damos siempre apoyo empresarial y emocional y nos coordinamos con una red de entidades colaboradas para ofrecer un servicio integral, con el fin de lograr:
- El reflote de sus empresas
- La recolocación en un nuevo trabajo
- La integración al mercado laboral mediante el autoempleo
Además, iniciamos y gestionamos otras acciones solidaries para mejorar el entorno empresarial en materia de salud mental, edadismo o discriminación por edad, ODS y emergencia climática y nueva ruralidad, entre otras actividades.
¡Una donación puede cambiar las coses!
¿CÓMO PUEDES COLABORAR CON LA FUNDACIÓ PIMEC Y SER UNA EMPRESA O PERSONA SOCIALMENTE COMPROMETIDA?
- Haciendo un donativo como empresa (beneficios fiscales del 35%)
- Haciendo una microdonación como particular (beneficios fiscales hasta el 80%)
- Compartiendo la iniciativa en tus redes sociales
- Haciendo participar a tu entorno empresarial
* Tu aportación desgrava. De los primeros 150€ te volverán un 80% a la declaración de la renta.
HACER UNA DONACIÓN*:
Rellena el formulario que encontrarás a continuación y sigue las indicaciones para hacer la donación, sea con tarjeta de crédito o bien por transferencia bancaria o bizum.
“El importe de la colaboración en calidad de donación, es susceptible de deducción de la cuota del impuesto sobre sociedades o del impuesto de la renta de las personas físicas según el que establecen los artículos 19 y 20 de la ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro e incentivos fiscales al mecenazgo, de acuerdo con la nueva redacción de la Disposición Final 2.ª del RDL 17/2020, de 5 de mayo, por el cual se aprueban medidas de apoyp al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. Así mismo, en virtud del que establece el artículo 42.2 del Reglamento (RD 304/2014, de 5 de mayo) que desarrolla la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención de Blanqueo de Capitales, todas las personas físicas y jurídicas que hagan efectivo donativos de un importe igual o superior a 100€ tendrán que librar los documentos que acrediten su identidad a la Fundació PIMEC.”